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La nueva ley de vacunas fue aprobada ayer miercoles por en El Senado Nacional
La nueva ley crea un Registro Digital y Nacional de la Población Vacunada, que contendrá toda la información de vacunación de todos los habitantes del país, así como un Registro Nacional de Vacunadores Eventuales, ademas contempla, la confección de un nuevo Carnet único de Vacunación (CUV) que podrá ser
requerido pero sin obstruir el trámite, para solicitar o renovar DNI, pasaporte, residencia, certificado prenupcial, ingreso y egreso del ciclo lectivo, tanto obligatorio como optativo, exámenes médicos por trabajo y licencia de conducir.
La sanción de esta nueva Ley de Vacunas que actualiza la regulación para garantizar nuevos controles y darle al Estado la responsabilidad de mantener actualizado el calendario de vacunación y promover su efectivo cumplimiento.
La nueva norma, que fue aprobada con 59 votos a favor y uno solo en contra, de Fernando ‘Pino‘ Solanas, reemplaza a la Ley 22.909 de 1983 y fija como objetivo “regular la implementación de una política pública de control de las enfermedades prevenibles”.
Declarándola como “de interés nacional, entendiéndose por tal a la investigación, vigilancia epidemiológica, toma de decisiones basadas en la evidencia, adquisición, almacenamiento, distribución y provisión de vacunas, asegurando la cadena de frío, como así también su producción”.
Además se establecio la gratuidad del acceso a los servicios de vacunación “con equidad social para todas las etapas de la vida”, indicando que “las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación, las recomendadas por la autoridad sanitaria para grupos de riesgo y las indicadas en una situación de emergencia epidemiológica, son obligatorias para todos los habitantes del país”.
Ademas se podrá justificar la inasistencia laboral por la aplicación de las vacunas al empleado vacunado o a los menores que esten a su cargo, previa autorización del empleador.
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Autor: |
Daniel Leone |
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