Estimados/as colegas,
En esta ocasión quiero manifestarles la firme oposición del Colegio Público de la Abogacía en relación al proyecto de divorcio administrativo presentado por el Poder Ejecutivo. Este proyecto, tal como ha sido formulado, pone en serio riesgo la protección de derechos fundamentales y la seguridad jurídica de todas las partes involucradas. No se trata de una defensa corporativa, sino de tratar de que no prosperen iniciativas que pueden lesionar derechos fundamentales.
Por supuesto, estamos comprometidos/as con la defensa de nuestras incumbencias y hemos llevado adelante muchas acciones en ese sentido. Desde el inicio del tratamiento de la llamada Ley Bases mantuvimos un contacto fluido con legisladores/as y actores/as clave para exponer los peligros que implicaban las sucesiones notariales y los divorcios administrativos. Me reuní con los/as presidentes/as de todos los bloques de diputados/as y senadores/as, presentamos notas y dictámenes técnicos para fundamentar nuestra postura. De igual manera, nuestra posición fue reflejada por los medios gráficos nacionales con mayor alcance del país, como así también por la televisión, radios y medios provinciales y locales.
Afortunadamente, los proyectos fueron excluidos de la Ley Bases. No obstante, el gobierno ha enviado ahora el de divorcios administrativos y anuncia para el futuro próximo el de sucesiones notariales.
Vamos a utilizar todas las herramientas a nuestro alcance, incluyendo recursos judiciales si fuese necesario, para defender los derechos de los/as abogados/as y garantizar que el acceso a la justicia y la seguridad jurídica no sean vulnerados por esta reforma.
En esa línea quiero hacerles llegar las principales razones de nuestro rechazo y las medidas que seguiremos tomando.
En este sentido, deseo destacar los siguientes puntos clave:
Derecho al debido proceso: La intervención judicial en los procesos de divorcio no es una mera formalidad, sino una garantía fundamental de acceso a la justicia. Un divorcio no es sólo la disolución de un vínculo matrimonial; tiene profundas implicancias patrimoniales y personales que requieren supervisión adecuada. Sin la intervención de un/a juez/a, existe el riesgo de que no se respeten derechos fundamentales protegidos por la Constitución y los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos. Además, la asistencia de los/las profesionales de la abogacía asegura que ambas partes comprendan las consecuencias legales y económicas del divorcio.
Control judicial como elemento esencial: El control judicial en los procesos de divorcio es indispensable para asegurar la legalidad y equidad de las decisiones. Los/as jueces/zas no solo protegen los derechos de las partes, sino también los de terceros que podrían verse afectados/as, como acreedores/as o herederos/as. La ausencia de control judicial debilitaría el rigor necesario para garantizar decisiones conforme a derecho.
Seguridad jurídica y protección de terceros: Solo a través de la intervención judicial puede asegurarse que las decisiones que se tomen sobre bienes, deudas y obligaciones tengan el carácter de cosa juzgada, proporcionando estabilidad y evitando futuros conflictos. Un procedimiento administrativo nunca brindará esta seguridad jurídica.
Asesoramiento profesional como garantía de equilibrio: Los/las abogados/as no representan una traba burocrática, sino una garantía de que las partes comprenden plenamente sus derechos y obligaciones. Sin asesoramiento legal, una parte podría encontrarse en desventaja, especialmente si carece de conocimientos jurídicos o recursos económicos. La intervención de un/una profesional asegura que las decisiones tomadas sean justas y equitativas.
Repárese que el proyecto solo requiere mutuo acuerdo para decidir libremente sobre la compleja gama de situaciones que tiene el matrimonio. Sin abogados/as y sin juez/a esos acuerdos son una puerta abierta al abuso de una parte sobre otra, en temas muy delicados como los/as hijos/as y los bienes.
Es por estas razones que públicamente estamos pidiendo al Congreso de la Nación que no apruebe este proyecto, ya que, bajo el pretexto de desjudicializar, se ponen en peligro derechos fundamentales. Solo un/a juez/a, no un/a oficial administrativo/a, puede controlar la equidad y legalidad de acuerdos de parte sobre temas muy trascendentes. Este proyecto desconoce el impacto que una decisión meramente administrativa puede tener sobre la sociedad conyugal, el derecho a percibir una compensación económica y los derechos de terceros.
No tengan dudas de que vamos a seguir defendiendo la legalidad, los derechos y la importante función que cumple el/la abogado/a en una sociedad democrática.
Ricardo Gil Lavedra
Presidente CPACF |